dijous, 26 de març del 2009

La dirección del Institut esta dispuesta a reconocer el deslizamiento de nivel del personal eventual


Se suspende el juicio por el reconocimiento del deslizamiento de nivel del personal eventual


Hoy día 26 de marzo, se tenía que celebrar el juicio por el reconocimiento de la antigüedad del personal contratado eventual. Tras la modificación del articulo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores llevada a cabo por la Ley 12/2001 los trabajadores con contrato temporal y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contrato de duración indefinida..

Este hecho ha sido confirmado por diferentes sentencias del Tribunal Supremo, ante recursos de casación presentados contra este hecho, donde han reconocido el derecho de los trabajadores que en empresas donde el Convenio Colectivo ha previsto la promoción por experiencia (el caso de Parcs i Jardins ) a que sean computados a efectos de dicha promoción todos los periodos en los que han estado contratados mediante contrato de trabajo temporal con independencia del lapso de tiempo que haya existido entre contrato y contrato.

Ante esta jurisprudencia y la imposibilidad por parte de la dirección del Institut de ganar el conflicto la dirección a través de su gabinete jurídico, nos ha solicitado un aplazamiento juicio para que se negocie el reconocimiento de este derecho.

Este hecho representará para muchos compañeros/as un deslizamiento de categoría con su incremento retributivo correspondiente