divendres, 4 de desembre del 2015

DESPIDOS EN PARCS I JARDINS I.M.

Si habeis leido la respuesta del gerente sobre los contratos de relevo seguramente habreis llegado a las mismas conclusiones que nosotros: Que en un futuro próximo se amortizarán puestos de trabajo, que el último Convenio que firmó la mayoría del Comité con el gobierno de CiU estaba envenenado (CGT no lo firmó) y que sólo en una negociación se podría cambiar el actual texto del Convenio.

Nos lo dice bien clarito:

Primero: 
que los relevistas contratados después del 6 de noviembre de 2011 en el momento que se acabe su actual contrato se irán a la calle, al paro, a su casa, perderán su puesto de trabajo. Eso sí volverán al último lugar de la bolsa de trabajo. Así se firmó el Convenio, bajo la presión de los despidos y sin la presión sindical necesaria en la calle.

Segundo: 
que los relevistas contratados antes del 6 de noviembre de 2011 y que en principio tienen garantizado su puesto de trabajo, en el caso de que no hayan compañeros en edad de jubilación parcial podrían ver peligrar su continuidad en el Instituto. La gerencia dice literalmente que: “Perquè si no en tenim (un contracte de relleu per oferir-li als rellevistes), tenim un greu problema legal per conjuminar el dret al contracte i la prohibició de fer contractes temporals”. Queriendo decir que no aseguran ni la continuidad de los relevistas que empezaron sus contratos antes del 6 de noviembre de 2011.

Tercero: 
Que las personas que no tienen garantía de estabilidad se han de tratar con los criterios que se han venido aplicando los últimos años, osea finalizando su relación contractual con el Instituto mientras no se pacte unos criterios nuevos. Pacto que se debería de negociar en buenas condiciones y no de forma extra-estatutaria fuera de convenio.


Cuarto: 
que la compañera de la brigada de Montbau no renovó su contrato y que ha vuelto al último lugar de la bolsa de trabajo. Sólo es la primera de muchos que irán cayendo en un futuro no tan lejano.


Como CGT debemos decir que garantizar los puestos de trabajo de las personas que integraban la plantilla antes del 6 de noviembre de 2016 no implica necesariamente no garantizar los puestos de trabajo de las personas que se incorporaron con posterioridad a la fatídica fecha. Por tanto pedimos que se reincorpore a esta trabajadora con un contrato de relevo que además de garantizar su dignidad como persona reduzca el tiempo de espera del próximo jubilado parcial.